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18/11/11

El Gobierno evalúa la creación de un programa de "Leasing Inmobiliario"

El objetivo es que las personas puedan adquirir una vivienda bajo el esquema de alquiler-venta y sin el pago de una cuota inicial informó el gerente general del Fondo Mivivienda, Javier Rojas. Explicó que se trabaja en el marco normativo de algunos productos que se ofrecerán desde el 2012.  | Se publico hoy viernes 18 de noviembre en (Peru21).

A partir de esta noticia hacemos un resumen muy escueto de lo que se trata el Leasing, y al final nos preguntamos si este esquema funcionaria para proyectos que no estén bajo el programa Mi Vivienda.

Leasing: Una opción para dinamizar mercados.


En el año 2009, en Gestión salió un articulo escrito por Jorge Picon que habla sobre el Leasing inmobiliario y que esta mas orientado a empresas por las bondades que giran al rededor de beneficios tributarios de la reducción en el monto de pago del Impuesto a la Renta y la forma de pago del IGV.  | Les dejo el articulo: http://nueva2008.esan.edu.pe/sala-de-prensa/27052009.pdf


Concretamente el leasing inmobiliario es un contrato por el cual El Comprador (digamos dueño) conviene en transferir a El Arrendatario (digamos inquilino) la tenencia de un inmueble para su uso y goce, contra el pago de un canon (digamos alquiler?) y le confiere una opción de compra por un precio (digamos precio residual) que se pacta en el contrato. En otras palabras "un alquiler con opción a compra". El monto y la periodicidad de cada canon se determina , también, convencionalmente. 

Intervienen:

* El Arrendatario, es el empresario, es el titular de la operación, elige los bienes que necesita, el proveedor del que adquirirlos y las condiciones del precio.

* El Vendedor.

* El Comprador y arrendador, es el banco, que en lugar de prestar el dinero va a adquirir del vendedor el bien elegido y lo arrendará con una opción de compra para cuando finalice el contrato.

Por ejemplo, en el ámbito residencial, resulta de interés para quien alquila, ya que el monto que se abona funciona como un pago de parte de un precio total para el acceso a la vivienda propia. 

Vale destacar, por ejemplo, que para comenzar con el uso y goce del bien inmueble no hace falta disponer de grandes sumas de dinero en concepto de adelantos (a diferencia de un crédito hipotecario).

Si financia la adquisición de un inmueble, el plazo mínimo del contrato será de 10 años. En esto no difiere de la hipoteca que puede tener un plazo de hasta 25 años.

Como regla general financia el 100 % de la inversión, hay que pensar que el banco tiene la garantía de la propiedad del bien hasta que el arrendatario no ejercita la opción de compra. En la hipoteca no siempre es así, el porcentaje de financiación es menor.

¿Que opinan?, ¿aplicaría este modelo para proyectos inmobiliarios en los sectores A,B?

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